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En la actualidad el status legal del INTABACO está enmarcado bajo la ley número 165-01 de fecha 18 de Octubre del 2001, que inviste de personalidad jurídica con patrimonio propio. Mediante esta Ley el INTABACO puede adoptar y ejecutar todas aquellas medidas que fuesen necesarias para mantener la producción del tabaco dominicano y proteger los intereses de todos los integrantes del sector tabacalero.
Acogiéndose a los nuevos tiempos, el INTABACO fortalece su incidencia en las tomas de decisiones nacionales que tengan que ver con el sector tabacalero y ha reforzado su plan de acción orientado en las siguientes direcciones:
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Reforzar el programa de producción de semillas certificadas.
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Regular las siembras para ajustar la oferta de tabaco a nivel de la demanda y evitar la sobreproducción.
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Certificar la siembra de tabaco solo en las zonas autorizadas y que tengan contrato de ventas.
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Velar por la sanidad vegetal de las plantaciones y que no se utilicen pesticidas prohibidos.
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Aportar insumos y asistencia técnicas a zonas marginales.
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Autorizar las importaciones de Tabaco en rama.
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Expedir los certificados de fumigación para las exportaciones de tabaco en general.


